martes, 1 de julio de 2008

FUNCIONES DE LOS PORTEROS

SON FUNCIONES:
1). Ser cordiales con la comunidad, colaborar con alguna información que se requiera.
2). Anunciar a los visitantes.
3). Recibir la correspondencia y distribuirla para luego entregarla a los residentes.
4). Abrir las dos puertas (los visitantes entran solo por la puerta principal).
5) Ser solidarios.
6) Atender el teléfono de manera cordial.
7) Informar a la comunidad de eventos que se le solicite.
8) Cuidar y velar por la privacidad de los habitantes de la comunidad. (no dar información privada, números telefonicos o de apartamento entre otros).
9) Atender a la población cuando tengan respetuosas quejas o reclamos, para trasmitir al administrador o junta directiva.
10) Llamar a la policía cuando halla ruido, fiestas, serenatas, y otras manifestaciones que alteren la tranquilidad de los vecinos después de las doce de la noche, con el nombre de el agente de policía que recibió la queja o los detalles de el incidente y realizar un reporte para el administrador.
11) Llamar a la policía cuando hallan situaciones que violenten el código de policía o el manual de convivencia ciudadano.
12) No recibir trasteos en la portería para almacenarlos por períodos cortos o largos.

NO SON FUNCIONES:
1). Despertar al personal de la unidad.
2). Cuidar a los niños, mascotas.
3). El cuidado y vigilancia de vehículos y motos.
4) No es obligación cargar paquetes.
5) Limpiar popo de mascotas.
DERECHOS
1) Recibir trato digno por parte de la comunidad y la parte administrativa.
2) A todas las prestaciones sociales de ley.
3) A que los llamados de atención sean privados.

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