sábado, 12 de julio de 2008

DERECHOS DE LOS RESIDENTES

La unidad Lomas del Pilar Etapa 3, es cerrada. Es conjunto de bloques, es una construcción integrada arquitectónica y funcionalmente, que comparte elementos estructurales y constructivos, áreas comunes de circulación, recreación, reunión, instalaciones técnicas, zonas verdes y de disfrute visual; cuyos copropietarios participan proporcionalmente en el pago de las expensas comunes, tales como los servicios públicos comunitarios, portería, mantenimiento y mejoras.
El acceso a la unidad se encuentra restringido por un cerramiento y controles de ingreso.

Las zonas comunes
Los propietarios de la unidad, son dueños de las zonas comunes en proporción a la participación de su derecho individual en relación al conjunto. Dicha participación será establecida de acuerdo al régimen de propiedad horizontal.
La participación de cada copropietario guardará relación entre su área privada y el total de las áreas privadas de la unidad cerrada establecida de acuerdo al régimen de copropiedad y de propiedad horizontal.

El numeral 1º del artículo 95 de la Constitución toda persona "debe respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios". Esto significa que los derechos no son absolutos sino que encuentran límites y restricciones en los derechos de los demás.
El ejercicio de estos derechos se realizará de manera que respete los derechos de las demás personas y de acuerdo con los reglamentos y normas de convivencia de la Unidad.


Obligaciones de los moradores:
Todas las personas que habiten o permanezcan en las Unidad deberán cumplir con los reglamentos y normas de convivencia; contribuir a los gastos y expensas establecidas, conforme a principios de justicia y equidad; acatar a las autoridades de la Unidad y cumplir sus órdenes; obrar en forma solidaria y humanitaria con las demás personas, proteger el espacio público interno y adyacente a la Unidad.


Derechos de los copropietarios:
A elegir su representante legal.
A tener voz y voto en las asambleas.
A que se le respete en su dignidad humana.
A ser atendida y orientado en sus necesidades y su relación con la comunidad tales como: La protección, la conservación ambiental, la armonía y su conjunto, la estética de la unidad, la circulación la tranquilidad la reunión y el disfrute visual.
El respeto a la privacidad que impone obligaciones y limitaciones para garantizar un grado de aislamiento acústico y visual de las áreas privadas.
A recibir acciones solidarias de vecinos, amigos, empleados y la parte administrativa de la unidad.
A hacer uso de servicios y bienes comunes.
Derecho a la expresión y/o queja.

No hay comentarios: